El Grupo Interamericano de Coordinación en Sanidad Vegetal (que en lo sucesivo se denominará “el Grupo”) es un grupo de coordinación y cooperación en el campo de la protección fitosanitaria, formalizado en un Memorando de Entendimiento firmado por los representantes de las Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria de las Américas el día 23 de marzo de 1998.
El objetivo del Grupo es propiciar acciones efectivas y comunes para prevenir la introducción y dispersión de plagas en plantas y en sus productos y promover medidas apropiadas para su control.
EL GRUPO DEBERÁ REALIZAR LAS SIGUIENTES FUNCIONES
Establecer un foro de coordinación continental para el desarrollo de estándares y lineamientos fitosanitarios
Facilitar el comercio a través de la promoción de las disciplinas, principios y objetivos del Acuerdo MSF/OMC y de la CIPF.
Actuar como mecanismo de consulta y canal para el intercambio de información y experiencias en asuntos fitosanitarios de importancia estratégica para las Américas.
Identificar y analizar problemas fitosanitarios de importancia y proponer estrategias para fortalecer la protección fitosanitaria en las Américas
Promover la adopción en el continente de estándares y lineamientos sobre medidas fitosanitarias
Identificar las acciones de cooperación técnica necesarias para el mejor cumplimiento de sus objetivos
Los idiomas oficiales del Grupo serán el español y el inglés.
El Grupo estará compuesto por las Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria (ORPFs) de las Américas.
COMITÉ DE COORDINACIÓN
El Comité de Coordinación estará compuesto por un representante de cada una de las ORPFs miembros y será coordinado rotativamente por uno de sus miembros, durante períodos bienales.
GRUPO DE TRABAJO
El Comité de Coordinación, cuando sea necesario, creará Grupos de Trabajo cuyos miembros serán designados por las ORPFs
SECRETARÍA TÉCNICA
El Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) prestará el servicio de Secretaría Técnica del Grupo.
THE MAIN FUNCTIONS OF THE STEERING COMMITTEE WILL BE TO:
Las principales funciones del Comité de Coordinación serán las de:
Proponer estrategias y planes de trabajo para el Grupo y estimular la participación de las ORPFs miembros, para el logro de los objetivos del Grupo.
Facilitar la armonización de estándares y lineamientos fitosanitarios en el continente
Determinar la necesidad de reuniones especiales
Establecer y revisar los reglamentos y procedimientos del Grupo
Asegurar que sea establecido un sistema de archivo
Vigilar la implementación de las recomendaciones del Grupo
LAS PRINCIPALES FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL COMITÉ DE COORDINACIÓN SERÁN LAS DE:
Presidir las reuniones del Grupo.
Servir como punto de contacto para otras organizaciones internacionales.
Expedir y canalizar toda la correspondencia resultante de las reuniones y dar seguimiento a las acciones acordadas.
Mantener contacto con la Secretaría Técnica en todos los asuntos concernientes con el apoyo que pueda ser provisto al Grupo.
LA PRINCIPAL FUNCIÓN DE LOS GRUPOS DE TRABAJO SERÁ LA DE:
Examine important scientific and technical issues and develop proposals to strengthen plant protection in the Americas, including the drafting of standards
LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA SERÁN LAS DE:
Ayudar en el mantenimiento de un registro de los documentos, debates, discusiones y recomendaciones de las reuniones y actividades generales del Grupo
Ayudar al Coordinador y al Comité Coordinador a definir, desarrollar y discutir asuntos técnicos.
Organizar las reuniones, en consulta con los miembros del Comité de Coordinación y confirmar las sedes, fechas y arreglos logísticos de las reuniones, con miembros del Grupo y observadores invitados.
Apoyar la elaboración, edición, publicación y distribución de los informes de las reuniones.
El Comité de Coordinación se reunirá por lo menos una vez el año; sin embargo, puede hacerlo también en otras ocasiones según lo requieran las circunstancias.
Las ONPFs del continente podrán participar en las reuniones del Comité de Coordinación, con derecho a voz.
Cualquier organización o individuo podrá ser invitado como observador a cualquiera de las reuniones del Grupo, cuando el Comité de Coordinación lo considere deseable
Las decisiones serán tomadas por consenso de los miembros del Comité de Coordinación, ad referéndum de la aprobación de sus ORPFs/ONPFs, de acuerdo con sus procedimientos internos.
Las decisiones serán comunicadas por escrito por la Secretaría Técnica, a las ORPFs miembros, dentro de las siguientes dos semanas de adoptadas las decisiones.
Las ORPFs miembros dispondrán de noventa días para ratificar tales decisiones. Si la Secretaría Técnica no recibe respuesta dentro de ese plazo, la decisión se considerará como ratificada.
El Comité de Coordinación desarrollará planes de trabajo bienales, con previsión para su revisión a mitad del período.
El Grupo puede adoptar y enmendar, por consenso, sus propias Normas y Procedimientos, siguiendo lo dispuesto en el Artículo VII.
Cada miembro será responsable de los gastos de sus representantes que participen en reuniones o realicen las actividades requeridas para ejecutar los Planes de Trabajo.
Enmiendas a la Constitución y Reglamentos del Grupo podrán ser hechas por consenso siguiendo lo dispuesto en el Artículo VII.
Cualquiera de las ORPFs miembros del Grupo podrá renunciar al mismo para lo cual deberá notificar por escrito al Comité de Coordinación con seis meses de anticipación.
Jorge Vega
C.Comunidad Andina
Jorge I. Rosas
COSAVE
Ralph Farnum
CPPC
Ian McDonell
NAPPO
Juan José May
OIRSA
Fecha: 24 de junio de 1999